Los grandes patrimonios maniobran para regatear el impuesto a los ricos
Los despachos reconocen una oleada de consultas para amortiguar el golpe fiscal ideado por el Gobierno
Mover el patrimonio particular a una sociedad, encapsular rentas o acelerar herencias, algunas de las estrategias

El Gobierno no ha dudado en bordear las fronteras del ordenamiento tributario y del procedimiento parlamentario -los tribunales determinarán si incluso traspasándolas- para lograr el objetivo de hacer pagar por su patrimonio a las grandes fortunas de las dos comunidades autónomas gobernadas por el PP ... que han optado por bonificar por completo ese impuesto: Andalucía y la Comunidad de Madrid. Abocados si nada cambia -la proposición de ley que lo sustenta ha superado el trámite del Congreso y solo le queda ser aprobada en el Senado- a pagar un impuesto con el que no contaban hace apenas cuatro meses, los grandes patrimonios de Andalucía, Madrid y las otras seis comunidades autónomas afectadas, aunque en menor medida, por el nuevo 'gravamen de solidaridad' exploran sus opciones para minimizar la factura que les endosará la maniobra del Gobierno de coalición.
Despachos de asesoría fiscal y 'family offices' trabajan a pleno rendimiento en las últimas semanas para trasladar a sus clientes estrategias que les permitan regatear en la medida de lo posible el castigo fiscal que les quiere infligir el Ejecutivo.
«Llevamos semanas trabajando intensamente con nuestros clientes en determinar los pasos que se pueden dar antes de fin de año», admite Siro Barro, abogado del área fiscal del despacho Escalona & De Fuentes.
La decisión del Gobierno de crear el impuesto de forma casi cladestina, a través de una enmienda a una proposición de ley (la que crea los gravámenes a la banca y la energía) y de regular su aplicación no a partir de 2023 sino ya para el patrimonio que se declare en 2022 ha estrechado el margen para cualquier posible planificación fiscal, pero en opinión de Siro Barro hay cierto espacio «para apuntalar el acceso a las exenciones previstas por la normativa aplicable, en referencia a los incentivos fiscales a la empresa familiar; para aprovechar al máximo el alcance de la limitación de la cuota íntegra del nuevo impuesto conjuntamente con la del IRPF, así como para formalizar donaciones entre familiares o la división del patrimonio entre los cónyuges» con el objetivo de que el impacto fiscal sea el menor posible.
El menú de posibilidades
Una de las estrategias que ya se está llevando a cabo es aprovechar la exención total de que disfrutan en el Impuesto de Patrimonio -y por tanto también en el nuevo gravamen del Gobierno, que replica la regulación de este- las participaciones sociales y acciones en empresas familiares.
Para los contribuyentes que están en esa situación se está actuando transformando patrimonio financiero en patrimonio societario y acelerando la cesión de acciones o participaciones a familiares aprovechando el favorable trato fiscal que estas operaciones tienen por ejemplo en Madrid. «Pero hay que hacerlo con prudencia y sin hacer caso a los consejos de barra de bar», advierte Javier Gómez Taboada, socio del Departamento Tributario de Maio Legal y miembro del Consejo Asesor de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf).
Los requisitos para beneficiarse de este incentivo fiscal a las empresas familiares, ideados para favorecer la sucesión empresarial, son estrictos y su incumplimiento puede acarrear serios problemas. Además, advierte Gómez Taboada, «hasta ahora habíamos conseguido tener claros los criterios de aplicación en cada una de las 17 autonomías, pero ahora será el Estado el que vigile su cumplimiento por lo que tendremos un actor número 18 que veremos qué criterio aplica».
Un segundo campo de actuación es el aprovechamiento del límite conjunto IRPF-Impuesto de Patrimonio, que establece que las cuotas agregadas de ambos impuestos no podrán exceder el 60% de la base imponible del IRPF. La cuota del nuevo gravamen también computará a estos efectos.
Aunque el margen de maniobra aquí es pequeño, porque el Gobierno no ha revelado sus intenciones respecto al nuevo gravamen hasta hace unas semanas, los despachos están recomendando a los clientes que encapsulen o difieran la percepción de las rentas (principalmente de capital) que puedan para rebajar su base imponible y maximizar el aprovechamiento de ese límite conjunto, y rebajar de paso el coste fiscal del nuevo impuesto.
«También cabría plantearse reducir el patrimonio actual en beneficio de familiares cercanos, como, por ejemplo, donaciones de padres a hijos o entre cónyuges», señala Siro Barro, sobre todo al objeto de quedar por debajo del umbral patrimonial de tres millones de euros que activa la aplicación del gravamen del Gobierno. Como la mayoría de los gobiernos autonómicos han mejorado en los últimos años el trato fiscal a este tipo de donaciones a familiares directos podría hacer bajar la factura fiscal, aunque el asesor advierte de que hay que tener muy en cuenta la factura fiscal de las posibles ganancias patrimoniales que se puedan poder de manifiesto en la operación que la podrían hacer poco rentable.
Javier Gómez Taboada enfatiza la importancia de tener en cuenta también el 'timing' de los recursos que se interpongan ante los tribunales. Entiende, al igual que el resto de los cuatro despachos consultados, que este impuesto tiene muchas probabilidades de ser rechazado en los tribunales y avisa de la importancia de recurrir, ya que de lo contrario el contribuyente no tendrá derecho a reclamar los importes abonados. «Hay que tener cuidado de no dejar prescribir el plazo y luego recurrir sin demasiada prisa para que la resolución que emita el Tribunal Constitucional llegue con el procedimiento abierto».
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